16 abril 2007
Seminario Gratuito: "Como hacer Negocios con Brasil"
Dia: Miércoles 18 de Abril de 2007
Lugar: Embajada de Brasil en Buenos Aires - Cerrito 1350, Subsuelo. Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Acreditaciones: 16,30hs
Horario de inicio (puntual): 17,00hs
Horario de finalización: 18,30hs
Disertante: Gustavo Segre – CEO de Center Group y Director Ejecutivo de Argentina Exporta.
Temario:
Coyuntura Económica de Brasil. Proyección para el año 2007
Factores de los últimos años que generaron que Brasil sea la décima economía del Mundo
Que podría hacer Argentina para imitar lo bueno y mejor lo no tan bueno
Informaciones actualizadas de los principales aspectos tributarios, aduaneros y culturales para aumentar las exportaciones a Brasil
Sectores de la economía Argentina con mayor posibilidad de exportación a Brasil.
Cómo y dónde obtener datos para comparar precios de ingreso de productos al mercado brasileño (y como denunciar casos de sub facturación que genere problemas de ingreso para los productos argentinos)
Factores a ponderar para quienes desean volver al mercado brasileño, aumentar sus ventas (quienes ya venden) o iniciar sus operaciones (quienes nunca exportaron)
Consultas e Inscripciones seminario@centergroup.net - 4501.7511.
Gracias Valeria por el la información.
03 abril 2007
Búsqueda laboral
Incorpora
Analista de Importaciones
Nos encontramos seleccionando un Analista de Importaciones para una empresa industrial. La búsqueda se orienta a estudiantes y graduados de carreras afines a Comercio Exterior, que acrediten experiencia mínima de un año en el área de Importaciones. Se requiere excelente nivel de inglés (oral y escrito) y de herramientas informáticas.
Serán sus principales funciones y responsabilidades:
- Mantener un contacto periódico y personalizado con los proveedores en el exterior, Despachantes de Aduana y Freight Forwarders locales.
- Realizar el seguimiento y control del proceso de compra-importación de materias primas y productos terminados.
- Confeccionar la documentación correspondiente para las operaciones de importación.
- Realizar las gestiones requeridas por los diversos organismos involucrados en la operatoria de importación.
- Mantener informado al cliente interno acerca del estado de las operaciones.
Perfil: autónomo y proactivo, con capacidad de análisis y resolución de problemas. Excelente manejo de relaciones interpersonales, ordenado y meticuloso. Marcada orientación en servicios al cliente.
Edad: entre 25 y 30 años.
Sexo: Indistinto
Disponibilidad: full time.
Rogamos a quienes estén interesados en aplicar que informen datos personales, profesionales y laborales actualizados, y remuneración neta pretendida.
14 marzo 2007
Cómo Comerciar con el Mundo - Hoy Colombia-
Días: 20 de Marzo (carga horaria 2hs.)
Horario: 18:30 a 20:30 hs.
Expositores
Embajador Jaime Bermúdez Merizald
Embajada de Colombia
Lic. Marcos Melo
Fundación Export.Ar
Parte I
Introducción
Presentación del “Mercado Colombiano”
Perfil del país
Fuentes de información comercial
Mecanismos de fomento y estimulación del comercio internacional
Estado actual del comercio bilateral entre Colombia y Argentina
Tendencias del comercio bilateral entre Colombia y Argentina
Parte II
Exportaciones a Colombia
Posibilidades de negocios de exportación con Colombia y situación actual de integración económica.
Parte III
Importaciones desde Colombia
Posibilidades de negocios de importación con Colombia.
06 marzo 2007
Curso Sistema Informatico Maria
La modalidad de estudio es mediante un CD que se le envía al solicitante y una vez concluido se realiza un examen para verificar que lo ha estudiado y se entrega un certificado.
Gracias Valeria por la info.
Saludos a todos Belen.
05 marzo 2007
CONTROL DE CERTIFICACIONES DE SEGURIDAD ELÉCTRICA
Le adjunto copia de la Nota Externa Nº 18/2007, publicada en el Boletín Oficial, del día de hoy, en la cual se establece que, al momento de la presentación de la destinación de importación se deberá presentar, además de la Declaración Jurada (Formulario "C") , el Certificado de Seguridad emitido por el ente certificador habilitado, o bien copia del mismo debidamente rubricado en carácter de declaración jurada por el importador y además por el Despachante de Aduana.
Esperamos que la información, les resulte de utilidad.
Saludos Cordiales,
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
Nota Externa Nº 18/2007
Control de Certificaciones de Seguridad Eléctrica.
Bs. As., 28/2/2007
VISTO lo dispuesto en el Artículo 4º de la Resolución Nº 92 de la Ex Secretaría de Industria Comercio y Minería de fecha 16 de febrero de 1998 y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que la norma citada en el visto, alude a la verificación previa a la liberación por parte del Servicio Aduanero de los requisitos exigidos en materia de seguridad eléctrica de determinados productos.
Que dicha verificación previa tiene por objeto garantizar a los consumidores y a la población en general las condiciones de seguridad indispensables en la utilización del equipamiento eléctrico de baja tensión que ingresa al territorio nacional.
Que conforme lo prevé la normativa citada, los importadores son los responsables de gestionar la correspondiente certificación del cumplimiento de las condiciones esenciales de seguridad ante los organismos certificantes acreditados.
Que es función del Estado Nacional en general y de la Dirección General de Aduanas en particular, velar por el correcto cumplimiento de la normativa citada en lo que a importaciones refiere, garantizando de esta manera el ingreso de mercaderías que cumplan efectivamente con los requisitos esenciales mencionados.
Que en virtud de las facultades conferidas por el artículo Nº 9, punto 2, incisos a), b), c) y p) del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, y sobre la base de la experiencia recogida a la fecha cabe instruir los siguientes lineamientos:
1.- Al momento de la presentación de la destinación de importación cuyas posiciones arancelarias se encuentren alcanzadas por las previsiones de la Resolución Nº 92/98 (ex SICyM) y modificatorias, el Servicio Aduanero exigirá además de la Declaración Jurada (Formulario "C") presentada ante la Dirección de Lealtad Comercial, la adición del correspondiente Certificado de Seguridad emitido por el ente certificador habilitado, o bien copia del mismo debidamente rubricado en carácter de declaración jurada por el importador y además por el Despachante de Aduana interviniente quién actuará certificando la firma del primero.
2.- Aplicar la presente a las solicitudes de Destinaciones de Importación para Consumo que se oficialicen a partir de los DIEZ (10) días hábiles contados desde la publicación de la presente en el Boletín Oficial.
3.- Regístrese. Dese a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación.
Publíquese en el Boletín de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS. Remítase copia a la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior. Remítanse las actuaciones a la Dirección Regional Aduanera La Plata. Cumplido archívese por esa misma Dependencia. — Dr. RICARDO ECHEGARAY, Director General de Aduanas.
e. 5/3 Nº 539.417 v. 5/3/2007
02 marzo 2007
Búsqueda Laboral
Suerte,
Belen
a) Lugar físico de trabajo: CABA
b) Edad: de 24 a 40 años.
c) Sexo: indistinto.
d) Años de experiencia requerida desarrollada en igual puesto: 1 (uno).
e) Formación Académica: recibido o cursando el último año de la tecnicatura en Aduanas.
f) Remuneración ofrecida: conformado de $1500 a $1800 incluyendo tickets restaurant. Por supuesto que depende de la experiencia de la persona en la tarea específica requerida.
g) Principales tareas a su cargo (puesto: Asistente de Importaciones): control de documentación de importaciones, oficialización de destinaciones aduaneras en SIM, coordinación de cargas con transportistas, terminales y depósitos, conocimientos de sistema Mymtec de predespachos (preferible aunque no excluyente).
h) Conocimiento de idiomas y nivel del mismo: no requerido.
i) Fecha de incorporación probable: Inmediata
21 febrero 2007
Red de Laboratorios de Mediciones de Pilas y Baterías.
Resolución 2/2007
Créase la Red de Laboratorios de Mediciones de Pilas y Baterías, supervisados y asistidos por el Instituto Nacional de Tecnología Industrial, para dar cumplimiento a la Ley N° 26.184.
Bs. As., 17/1/2007
VISTO la Ley Nº 26.184, referida a fabricación, ensamblado e importación de pilas y baterías primarias, con forma cilíndrica o de prisma, comunes de carbón-zinc y alcalinas de manganeso, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 6º de dicha Ley establece que los responsables de la fabricación, ensamble e importación de las citadas pilas deberán certificar que las mismas no superen los límites de contenido de mercurio, cadmio y plomo establecidos en el artículo 1º y que cumplan los requisitos adicionales establecidos en el artículo 3º en cuanto a fecha de vencimiento, hermeticidad y duración mínima promedio en los ensayos de descarga según normas IRAM, IEC o ANSI.
Que el artículo 7º de la precitada Ley delega la responsabilidad de dicha certificación obligatoria en el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL, a través de su organismo de certificación.
Que ante la magnitud de la tarea a encarar y la capacidad operativa de los laboratorios de sus Centros de Investigación y Desarrollo: INTI- Química, INTI-Concepción del Uruguay, INTI-Rosario e INTI-Procesos Superficiales, se hace necesario contar con otras capacidades, creando una Red de Laboratorios de Mediciones de Pilas y Baterías, supervisados y asistidos por el INTI, para dar cumplimiento a la Ley Nº 26.184.
Que se debe encomendar a la Presidencia del Instituto la adopción de las medidas administrativas necesarias para posibilitar el funcionamiento de la Red de Laboratorios mencionada.
Que la Gerencia de Administración, Hacienda y Finanzas, los Programas de Fortalecimiento de Centros, de Ensayos y Asistencia Técnica y de Metrología, Calidad y Certificación, la Subgerencia de Asuntos Legales y la Secretaría Técnica han tomado la intervención que les compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 4º, incisos a) y g), de la Ley Orgánica del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL, Decreto Ley Nº 17.138/1957, ratificado por la Ley Nº 14.467 y de conformidad con lo establecido por el artículo 4º del Reglamento para el Funcionamiento del Consejo Directivo del INTI, Resolución Nº 32 del 29 de diciembre de 2005.
Por ello,
EL CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL
RESUELVE:
Artículo 1° — Crear la Red de Laboratorios de Mediciones de Pilas y Baterías, supervisados y asistidos por el INTI, para dar cumplimiento a la Ley Nº 26.184.
Art. 2° — Los laboratorios externos al Instituto que deseen integrar la Red, deberán solicitar su incorporación al Servicio Argentino de Calibración y Medición del INTI, cumpliendo con la reglamentación vigente de dicho Servicio.
Art. 3° — Encomiéndase a la Presidencia del Instituto la adopción de las medidas necesarias para posibilitar el funcionamiento de la Red de Laboratorios creada por el artículo 1º.
Art. 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Enrique M. Martínez. — Gerardo O. Vadell.
07 febrero 2007
Destrucción o anulación de estampillas
Se comunica a los señores Importadores y Despachantes de Aduana que en caso de tener que proceder a exportar mercaderías que previamente hubieran sido importadas y estuvieren encuadradas bajo el régimen de Identificación de Mercaderías, deberán proceder de la siguiente forma:
Oficializar mediante expediente SIGEA, solicitud debidamente fundada indicando:
1. Cantidad de Estampillas a Destruir o Inutilizar
2. Copias de las Destinaciones de Importación y Talón de entrega de Timbres Fiscales, debidamente certificadas por IMPORTADOR o DESPACHANTE.
3. Aduana por la que saldría la mercadería.
4. Diskette y Listado indicando la Destinacion de Importación completa, Serie y Número de Timbres Fiscales, marca y modelo de la mercadería.
5. Domicilio donde se efectuara la Destrucción.
Asimismo se solicita que el Listado al que hace referencia el punto 4, se haga por cuadruplicado, de los cuales una copia debe ir como fojas adjuntas a la Actuación SIGEA y debe estar debidamente Certificada por el Importador o el Despachante, el resto de las copias deberán adjuntarse en un sobre cerrado.
EJEMPLO:
DESTINACION ITEM / SUBITEM ESTAMPILLASSERIE Y NUMERO MARCA MODELO
06 001 IC04 011470-B 1 – 001 00 63.473.294. MOTOROLA EB01
Este formato deberá respetarse por cada una de las Estampillas que se procedan a Destruir o a Inutilizar.
Silvia Lopez - Jefe de Sección - Identificación de Mercaderías