Este es un mecanismo de selectividad que permite desarrollar acciones de control para detectar desviaciones en los valores de importación.
Características:
-Permite evaluar razonabilidad del valor declarado
-Detectar desvíos de información
-Seleccionar operaciones para investigar
No se puede utilizar para:
-Rechazar el precio declarado
-Establecer valores mínimos o valores de sustitución
-Establecer un valor en Aduana
-Combatir el Dumping
En el procedimiento relativo a la administración de los valores criterios existen: altas, bajas y modificaciones.
Altas
Criterios de Incorporación:
-Precios que no se relacionan con los habituales para la rama del comercio
-Precios que difieren con los de mercaderías idénticas o similares
-Solicitudes presentadas por las entidades representativas del comercio importador y exportador
-Solicitudes efectuadas por otros organismos del Estado
-Mercaderías cuyos precios hayan sido ajustados por parte de las áreas de valoración
Procedimientos para incorporar mercaderías
-Se convoca a los sectores representativos de la rama relacionada de la industria y el comercio
-Se evalúa la información interna y externa recabada
-Se adopta una determinación respecto de la aplicación del valor criterio.
Bajas
Criterios para excluir mercaderías
-Valores aprobados en el marco del Acuerdo de Valoración del GATT OMC por las áreas de valoración
-Resultados de la fiscalización conjunta, o independiente, con la DGI
-Solicitudes presentadas por las entidades representativas del comercio importador y exportador
-Solicitudes efectuadas por otros Organismos del Estado
Procedimientos para excluir mercaderías
-Se evalúa la información interna y externa recabada
-Se convoca a los sectores representativos de la rama relacionada de la industria y el comercio
-Se adopta una desición respecto de la aplicación del valor criterio.
Modificaciones
Criterios de modificación
-Variaciones de precios en el mercado internacional
-Opiniones técnicas emitidas por las áreas de valoración y verificación
-Observaciones presentadas por las entidades representativas del comercio importador y exportador
-Observaciones efectuadas por otros Organismos del Estado
Procedimientos para modificar valores
-Se evalúa la información interna y externa recabada
-Se convoca a los sectores representativos de la rama relacionada de la industria y el comercio
-Se adopta una determinación respecto de la aplicación del Valor Criterio.